LES PUEDE – INTERESAR – Conozca el proceso para tramitar la boleta fiscal o la liquidación del impuesto de registro –
LES PUDDE INTERESAR – Conozca el proceso para tramitar la boleta fiscal o la liquidación del impuesto de registro –
El procedimiento se puede adelantar de manera virtual, presencial o directamente en las notarías. También se podrá acceder a beneficios del 100% y 30% de descuento en registro de viviendas VIP y VIS, respectivamente.
La Gobernación de Boyacá, a través de la Secretaría de Hacienda y la Dirección de Recaudo y Fiscalización, les informa a sus usuarios cómo pueden realizar el proceso para la liquidación del impuesto de registro, que comúnmente se conoce como boleta fiscal.
“Este servicio se presta de manera inmediata; los usuarios se pueden dirigir a las ventanillas 5 y 6 de atención al ciudadano en la Gobernación de Boyacá. Este proceso se hace de manera ágil y en horario de atención al público”, comentó César Pérez, director de Recaudo y Fiscalización.
El funcionario explicó que si el usuario va a solicitar la liquidación del impuesto de registro o boleta fiscal, lo podrá realizar a través de correo electrónico:
impuesto.registro@boyaca.gov.co, adjuntando el formato en PDF, o de manera presencial en las ventanillas de la Gobernación de Boyacá, ubicadas en la Calle 20 Nº 9-90, en Tunja, con los siguientes documentos: documento objeto de registro; paz y salvo predial de los bienes que relaciona y documento de identidad de quienes intervienen.
Si el contribuyente desarrollará el trámite a través de correo electrónico debe enviar la información de la siguiente forma:
• En el asunto colocar número de la escritura y número de la notaría.
• En el mensaje del correo electrónico incluir los siguientes datos: nombre completo de la persona que realiza el trámite, correo electrónico de la persona que realiza el trámite y número de contacto.
• El nombre del archivo que se adjunta se debe marcar con el número de la escritura y número de la notaría.
Si el usuario va a liquidar intereses moratorios deberá enviar el pago de la boleta (s) fiscal ya antes liquidada y la primera hoja de la Escritura Pública.
Para liquidar el levantamiento de hipoteca deberá enviar el certificado de la entidad bancaria.
En el caso de liquidación de providencias emitidas por el juzgado, enviar documento completo, junto con la constancia ejecutoriada, en el cual mencione día, mes y año en el que quedó en firme.
Este trámite se podrá realizar ante las diferentes notarías de Boyacá, siempre y cuando su escritura este dentro de las fechas del 1 de enero del 2023 en adelante, allí será entregada la boleta fiscal.
Para documentos que van dirigidos a las cámaras de comercio podrán ingresar a la página de la Gobernación de Boyacá: www.boyaca.gov.co y dar click en el link: https://gestionaonline.co/siver_r_boyaca_camaras/web/subir_archivos.php . Allí deberán cargar los documentos con los datos requeridos y la boleta será enviada al correo electrónico que el usuario haya suministrado.
– Si es para Cámara de Comercio: El pago podrá realizarse en Davivienda y PuntoRed.
– Si es para la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos: El pago podrá realizarse en Banco de Occidente, Efecty, botón PSE, Davivienda, en PuntoRed.
Es importante aclarar que el recibo se debe pagar el día que se genera, pues vence el mismo día.
Para terminar el proceso debe dirigirse a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos o Cámara de Comercio para realizar el registro.
La Secretaría de Hacienda de Boyacá ofrece un 100% de descuento en el valor del impuesto de registro para Viviendas de Interés Prioritario (VIP) y un 30% de descuento en el tributo para para Viviendas de Interés Social (VIS).
Si usted va a solicitar devolución de dineros por concepto de impuesto de registro debe enviar los siguientes documentos al correo: impuesto.registro@boyaca.gov.co
a). Solicitud por escrito suscrita por la persona que aparece en el documento objeto de registro, representante legal y/o apoderado. Anexar poder.
b). Boleta fiscal con sello de pago del banco -original o tirilla de pago.
c). Documento de identidad y/o certificado de existencia.
d). Nota devolutiva (en caso de que el documento no se registre), fecha de la notificación de la nota devolutiva.
e). Solicitud de registro (en caso de que sea un pago en exceso o de lo no debido).
f). Acta de aceptación de desistimiento emitida por la oficina de registro de instrumentos públicos, (en caso de que desista del registro).
g). Certificación Bancaria.
h). Documento objeto de registro (Escritura pública, actos, providencias, contratos o negocios jurídicos documentales).
Si usted desea ampliar la información general de este trámite puede escribir al correo electrónico: impuesto.registro@boyaca.gov.co
(Fin / Sandra Yamile Peña Soler/ Secretaría de Hacienda – UACP).
Unidad Administrativa de Comunicaciones y Protocolo.
Gobernación de Boyacá.

